Principales normas de la regulación colombiana sobre tratamiento de datos personales

 ARTÍCULO 15. Todas las personas tienen derecho a (…) a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.

En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. (…)

ARTICULO 20. Se garantiza a toda persona la libertad de (…) informar y recibir información veraz e imparcial (…)”.

—– Jurisprudencia más representativa:

Desde 1992 la Corte Constitucional ha expedido más de 200 sentencias sobre habeas data y protección de datos personales. Su labor pionera en Latinoamérica hace que su trabajo sea de permanente consulta en Colombia y otros países del mundo.

Dentro de las principales sentencias por su contenido y temas desarrollados destacamos las siguientes, cuya lectura recomendamos:

  • SENTENCIA T-414 DE 1992TEMAS: a) La dignidad humana, supremo principio de la Constitución de 1991.; b) Las nuevas tecnologías y la libertad personal.; c) Intimidad y habeas data: aproximación al artículo 15 de la Carta; d) Intimidad y derecho a la información; e) El Dato y su “propiedad”; f) Los bancos de datos y el derecho constitucional informático; g) Caducidad del dato personal: La cárcel del alma y el derecho al olvido; h) Creciente informatización social e insuficiente protección jurídica; i) Uso responsable de la Informática
  • SENTENCIA SU-082 DE 1995. TEMAS: a) ¿La manera como una persona atienda sus obligaciones económicas para con las instituciones de crédito, pertenece al ámbito de su intimidad?; b) Derecho al buen nombre y a la información; c) El habeas data: su contenido y los medios jurídicos para su protección; d) El conflicto entre el derecho a la información y el derecho al buen nombre; e) Los datos personales y las diversas clasificaciones de la información. f) Límite temporal de la información: la caducidad de los datos.
  • SENTENCIA T-729 DE 2002. TEMAS: a) El contenido y alcance del derecho constitucional al habeas data o a la autodeterminación informática; b) Principios de la administración de datos personales
  • SENTENCIA C-1011 DE 2008. TEMAS: a) Explicación y precisiones sobre la ley 1266 de 2008, la cual regula el dato comercial y financiero entendido como aquel relacionado con las obligaciones dinerarias (Habeas data financiero); y b) Principios para la administración de datos personales
  • SENTENCIA C-334 DE 2010. TEMAS: a) Información genética y autodeterminación informática, y b) Datos personales públicos, privados, semiprivados y reservados
  • SENTENCIA C-748 DE 2011 TEMAS: Todos los aspectos de la ley 1581 del 17 de octubre de 2012  ”por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales”
  • SENTENCIA SU 458 DE 2012TEMAS: Bases de datos relacionados con antecedentes penales; dato personal sobre antecedentes personales; Principios de finalidad, utilidad, necesidad, y circulación restringida.
  • SENTENCIA T-987 de 2012TEMAS: Registros de información exclusivamente desfavorables (“listas negras” /”blacklisting“); lista de viajeros no conformes; principios del habeas data como límite al tratamiento de datos personales; prácticas abusivas en la administración de datos personales; transporte aéreo como servicio público esencial; principio de acceso equitativo a los servicios públicos;
  • SENTENCIA de feb de 2013 del Consejo de Estado. :  ¿Se vulneran los derechos fundamentales del accionante, por el hecho de que aún persistan respecto del mismo anotaciones de carácter sancionatorio relacionadas con una condena que ya cumplió, en la base datos que administra la Procuraduría General de la Nación?; Registro de sanciones por parte de la Procuraduría General de la Nación;
  • Sentencia T-643 de 2013   : ¿Vulnera una persona los derechos a la propia imagen, la intimidad, el buen nombre y la honra de otra, cuando se niega a retirar las imágenes de esta última de un sitio web abierto al público y de otros medios de publicidad sobre los que tiene control, cuando (i) las imágenes fueron tomadas y divulgadas con base en una autorización general para ser usadas con fines publicitarios no específicos; (ii) quien aparece en ellas nunca consintió expresamente en que fueran divulgadas en un contexto en el cual aparece proyectada en un rol que puede ser asociado a la prestación de servicios sexuales; y (iii) esto ha tenido efectos negativos en su vida familiar y social?

 

 

******* LATINOAMERICA

———- INFORMES O REPORTES SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES EN LATINOAMÉRICA

 

——– ESTÁNDARES IBEROAMERICANOS DE PROTECCÓN DE DATOS DE LA RIPD (Red Iberoamericana de Protección de Datos)

RIPD. Estándares de protecciónde datos personales para los estados Iberoamericanos (Junio de 2017)

RIPD. Standards for personal data protection for ibero-american states (June, 2017)

RIPD. Padrões de proteção de dados pessoais para os estados ibero-americanos (junho de 2017)