Por. Nelson Remolina Angarita (02/IX/2017)
En ejercicio del artículo 114 de la Constitución, el Congreso de la República citó a la Superintendencia de Industria y Comercio con miras a conocer las razones por las cuales adoptó la polémica decisión de incluir a EE.UU en el listado de países con nivel adecuado de protección de datos personales.
La lamentable decisión fue adoptada por la SIC mediante la Circular 5 del 10 de agosto de 2017. Consulte acá la citación del Senado y el cuestionario que debe responder la SIC.
Consideramos que el control político es una medida democrática para que la SIC explique por qué razón ha puesto en riesgo los derechos de millones de colombianos y colombianas.
La mejor forma de proteger los derechos humanos es evitar su vulneración. Para el efecto se deben adoptar medida preventivas y no resarcitorias o punitivas porque una vez vulnerado el derecho es, en mucho casos, irreparable el daño realizado en el ser humano. No obstante, la SIC –obrando como autoridad de protección de datos personales– ha creado riesgos innecesarios e injustos en la protección de los derechos de millones de personas.
Desde este observatorio creemos que la circular 5 de 2017 representa un retroceso en la protección del derecho fundamental y constitucional de la protección de datos y que la misma fue notoriamente desequilibrada porque se enfocó en proteger los intereses y modelos de negocios de algunas empresas en detrimento de la protección efectiva de los derechos de los colombianos. Acá puede leer los antecedentes de la circular 5 de 2017 de la SIC.
Nota 1: la sesión de control político fue fijada para el 5 de septiembre pero se aplazó para el 12 del mismo mes debido a que el MinTIC y el MinComercio manifestaron que no podía asistir en la fecha inicial.