Por: Nelson Remolina Angarita (10/07/2013)
La debida y oportuna aplicación del artículo 10 del decreto 1377 de 2013 generará muchos beneficios y compromisos a las empresas, el Estado y las personas.
En efecto, se trata de una gran oportunidad para que todas las empresas, organizaciones y entidades pública borren cualquier duda sobre la legitimidad del tratamiento de los datos personales y maximicen el uso de los mismos sin ningún riesgo jurídico. Esto también beneficia y obliga a las organizaciones que vienen rigiéndose por la ley 1266 de 2008 pero al mismo tiempo tratan los datos de sus clientes para fines de marketing, comerciales. etc. Recuérdese que la ley 1266 únicamente aplica para el tratamiento de datos sobre el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones dinerarias. Su uso es limitado a ese propósito. Cualquier otro fin del tratamiento se rige por la ley 1581, razón por la cual, entre otras, dichas entidades serán vigiladas por la Superintendencia de Industria y Comercio.
El ejercicio de reformular las autorizaciones, redactar políticas de tratamiento de datos y avisos de privacidad contribuye a repensar y reenfocar todo lo atinente a la recolección, uso, almacenamiento, circulación, accesos y demás actividades que involucren información sobre las personas.
Al mismo tiempo, los titulares de los datos (personas naturales) se beneficiarán porque para aprovechar los beneficios del citado artículo los Responsables del Tratamiento realizarán un ejercicio importante de reflexión y compromiso respecto de los retos que implica el tratamiento debido de la información de las personas. Adicionalmente, millones de personas serán informadas de la existencia de la ley 1581 de 2012, de sus derechos, de los usos de sus datos, etc. Esto ayuda para que el titular del dato quede notificado de las reglas de juego con su información.
Informar a las empresas y entidades públicas de sus responsabilidades y a los personas de sus derechos es un buen punto de partida para generar y consolidar una cultura empresarial y estatal del debido tratamiento de datos personales.