Por: NELSON REMOLINA ANGARITA. (Dec 17, 2008)
Mediante sentencia C-1011 de 2008 la Corte Constitucional avaló, bajo el supuesto de “muchos entendidos”, el proyecto de ley estatutaria conocido como de “habeas data”.
No resta sino la sanción presidencial para que dicho texto se convierta en ley. Desde este espacio personal y académico planteo algunos motivos por los cuales se deberían objetar determinados artículos del proyecto. Estos se circunscriben a razones de inconveniencia para el país y a un clamor en pro de salvaguardar la dignidad de los ciudadanos. Veamos: